Servicios Profesionales

Contratistas y Proveedores

El término “Contratista” tiene su origen etimológico en el verbo latino “cum”/”trato” traduciéndose en derecho romano como acuerdo de voluntades. Contratista es aquel que mediante el acuerdo de voluntades se compromete a la ejecución de determinada obra o trabajo. Por su parte”Proveedor” tiene su origen en el vocablo latino providere que refiere a abastecer, proporcionar o conceder aquello necesario.

La contratación de servicios es fundamental en las industrias de todo tipo. Este servicio tiene el objetivo de verificar la documentación de las empresas en las que los clientes prestan y terciarizan servicios y viceversa. De este modo se acorta la posibilidad de riesgo, tanto en materia laboral como previsional que impone la Ley de Contrato de Trabajo al introducir la responsabilidad solidaria entre las empresas.

Nuestro objetivo es la prevención, impositiva, laboral, de seguridad social entre otras, en pleno cumplimiento a los dispuesto por el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo y sus modificatorias y toda aquella responsabilidad solidaria del principal que incide sobre una relación contractual.

Los prestadores de servicios no siempre brindan un adecuado cumplimiento a las normas de derecho del trabajo, convenios colectivos aplicables, normas de seguridad social, industrial y de accidentes de trabajo.

La responsabilidad solidaria que regula el artículo 17 de la ley modificatoria de la Ley de Contrato de Trabajo, la correspondiente al artículo 76 de la Ley Nacional de Empleos y artículo 32 de la Ley de Trabajadores de la Construcción constituye una carga empresaria, si como principal se omite el cumplimiento de los recaudos jurídicos de control preventivos y operativos. Recaudos que debe tomar la empresa proveedora de servicios para evitar incurrir en incumplimiento contractual, o incluso la interrupción de la prestación del servicio.

Deben existir procedimientos preventivos y de control, funciones que son la piedra angular del éxito, las cuales deben ser externas y altamente especializadas. Los temas que se encuentran bajo análisis son jurídicos provenientes del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social.

La complacencia, la negligencia y el desconocimiento son los elementos que elevan los costos laborales indirectos y conllevan a la interrupción de las obligaciones asumidas.